martes, 22 de diciembre de 2009

El Gobierno implanta el mecanismo para lanzar catastrazos camuflados

La Ley de Economía Sostenible se ha convertido en el mayor cajón de sastre conocido, y en la mayor plataforma legislativa en la que ocultar normas de incómoda tramitación para el Gobierno.

¿Qué tiene que ver la revisión de los valores catastrales de los pisos con la economía sostenible? Pues obviamente nada. Pero sí, y mucho, con la insostenibilidad de las finanzas de los ayuntamientos, que cobran más IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y Plusvalía municipal cuanta mayor sea la valoración del piso.

Y así ha aparecido -de hecho, entre un mar de 42 disposiciones finales de la Ley de Economía Sostenible- un mecanismo que garantiza que las subidas del catastro "general y parcial", con su consiguiente efecto de incremento fiscal, pasen desapercibidas para la población. O, lo que es lo mismo, que pasen camuflados los catastrazos (como se les conoce popularmente a estas subidas desde la aprobada a principios de los noventa por el entonces secretario de Estado socialista Borrell).


Un momento delicado


Hasta ahora, la Ley del Catastro regulaba los procedimientos de "valoración colectiva de carácter general y parcial" y exigía que "los valores catastrales

resultantes de estos procedimientos se notificarán individualmente a los titulares catastrales".


Es más: esta "notificación se practicará por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, así como de la fecha, la identidad de quien la recibe y el contenido del acto notificado, incorporándose al expediente la acreditación de la notificación efectuada", se exigía. ¿Para qué? Pues para garantizar el conocimiento de la subida y, además, poder defenderse de ella si no era justa.


Pues bien, todo esto desaparece y se sustituye por una mera publicación en un boletín oficial. A partir de ahora "para la notificación de los valores catastrales resultantes de estos procedimientos, antes del 15 de octubre del año de aprobación de la correspondiente ponencia de valores, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial del Estado o en el boletín de la comunidad autónoma o de la provincia (...), en el que se indicará el lugar y plazo de exposición pública de la relación de titulares de los inmuebles afectados, a efectos de su notificación por comparecencia".


Este listado se colgará igualmente "en la sede electrónica de la Dirección General del Catastro, así como en los lugares destinados al efecto en el ayuntamiento y en la Gerencia o Subgerencia del Catastro correspondiente".


Es decir, que o se revisa el boletín oficial cada día o la página web de la Dirección del Catastro o resultará un tanto difícil llegar a darse cuenta de la revisión del valor catastral.


Garantizar el conocimiento de la subida permitía poder defenderse de ella si no era justa


Esta reforma llega en un momento especialmente delicado. Y es que los Presupuestos Generales del Estado de 2010 ya han incluido una nueva subida del valor oficial de los inmuebles del 1% (ver EXPANSIÓN del pasado 2 de octubre).


El Ejecutivo, además, ha explicado en la norma que esta subida fiscal se justifica porque la inflación de 2010 se situará en ese nivel, pese a que todos los análisis sobre evolución del precio de los pisos están reflejando precisamente una caída, y no una subida, de su precio.


Es más, el artículo 23.1 de la Ley del Catastro Inmobiliario, sobre "criterios y límites del valor catastral", ordena que "para la determinación del valor catastral" se tengan en cuenta "las circunstancias y valores del mercado", es decir, la realidad del mercado.


http://www.expansion.com/2009/12/01/economia-politica/1259707328.html

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